Reto 2
Reto 2: Buenas prácticas de la administración hacía la no discriminación.
Camino a la igualdad en prisiones.
Introducción legislativa:
La ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y no discriminación, indica como objetivos motivadores de la promulgación:
1️⃣ Garantizar y promover el derecho de igualdad de trato y no discriminación.
2️⃣ Respetar la dignidad de las personas en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución.
A continuación el mismo artículo indica como prioritario:
➡️ Establecer principios de actuación de los poderes públicos y la previsión de medidas destinadas a prevenir, eliminar y corregir toda forma de discriminación, directa e indirecta, en los sectores público y privado.
Está ley se aprueba como paladín (introduce infracciones, sanciones y medios de seguridad para la aplicación de la misma) y parapeto de todo tipo de discriminación. Una normativa avalada en su rigurosidad por los organismo europeos.
🟠Presentación:
Puesta en conocimiento: buenas prácticas de la administración penitenciaria.
La población penitenciaria agrupa personas de todos los colectivos que conforman la diversidad reinante en la humanidad. Se trata de una muestra representativa de los mismos.
La administración penitenciaria no considera baladí la igualdad y la no discriminación, de hecho debe garantizar la inclusión y equidad de esta población, compatibilizando los derechos contenidos en la CE e inalienables al ser humano y del cual es garante, con la privación de libertad punitiva.
🟠Ámbito de aplicación:
La población penitenciaria en su mayoría la conforman personas del sexo masculino. En España la proporción está en 9 hombres por cada mujer, dicho de otra forma tan solo un 7,6% de la población reclusa total es mujer.
Esta circunstancia la convierte en un ser "invisible".
Las cárceles españolas en su mayoría están diseñadas arquitectónicamente para las personas pertenecientes al sexo biológico hombre al igual que los programas de intervención (terapéuticos, sociales, sicológicos o de apoyo externo).
Por ende, la mayoría de los trabajos productivos que se desarrollan dentro del centro sujetos a un régimen laboral especial están destinados y ejecutados por hombres.
🟠 Efectos e impacto de la perspectiva de género en prisión:
Por lo tanto, y en base a lo expuesto, se hace evidente la necesidad de diseñar actividades con perspectiva de género que atiendan las carencias sociales, educativas, de salud, emocionales...de la mujer recluida, de esta manera se pone fin a algunas deficiencias que presenta el sistema y se encamina a la consecución de una igualdad real en prisiones.
En esta tipología de recluso confluyen varios factores de "exclusión ":
Por una lado, la discriminación por sexo (género femenino). Con todo el bagaje cultural e histórico que conlleva "ser mujer". La estigmatización social marca más a la mujer que al hombre, sobre todo a las madres encarceladas. Socialmente se penaliza más a una madre institucionalizada que a un padre.
Todo ello sin perjuicio de los traumas personales que cargan algunas en su haber como víctimas de violencia de género y/ o violencia sexual.
Cómo ejemplo de intervencionismo penitenciario directo a este colectivo expongo:
🔴Programa Ser Mujer:
Se implementa en el año 2011.
Objetivo: prevenir la violencia de género abordando a la mujer y tratando a las que hayan sido víctimas.
Se trabaja la educación para la salud, habilidades sociales, habilidades cognitivas y emocionales.
Se pretende que las internas identifiquen y respeten sus emociones, se conozcan mejor, descubran sus capacidades, que aprenden estrategias y adquieran herramientas que les permitan enfrentarse a sus vidas consiguiendo un mayor equilibrio emocional y bienestar personal.
En 2019 se desarrolló en 16 centros y participaron una media de 192 mujeres.
Al hilo de lo anterior, además de la discriminación por sexo, nos encontramos que en la mayoría de mujeres coexisten uno o varios factores múltiples/simultáneos (interseccionalidad).
✓LGBTIQA+: hasta el año 2006 la administración penitenciaria sólo reconocía la existencia de las personas transexuales. A partir de este año y a través de normativa interna, amplia el reconocimiento en igualdad de condiciones a las personas transgénero. Esto se traduce al lenguaje penitenciario como la posibilidad de ingresar en un módulo residencial acorde con la identidad de la persona, independientemente si se ha sometido o no a tratamiento previo. Además se insta al empleo del nombre elegido por el recluso aunque no se corresponda con el oficial. En cuanto a los tratamientos endocrinológicos, se hará en las mismas condiciones establecidas para la ciudadanía según el servicio público de salud.
✓Antigitanismo: el 25% de las mujeres son de etnia gitana (datos proyecto BARAÑI). Este proyecto pretende visibilizar a estas mujeres y eliminar arquetipos instaurados en la sociedad. El proyecto enfatiza en la interseccionalidad que sufren estás minorías.
✓Racialismo: la feminización de la pobreza lleva a mujeres extranjeras a delinquir contra la salud pública terminando desarraigadas de sus familiares que quedan en su país de origen.
Un poco más del 26% son extranjeras.
✓Edadismo: la segunda mayor franja de población se encuentra entre los 41-60años.
✓ Aporofobia: con la consabida dificultad de acceso al sistema educativo y sanitario previo a la entrada en prisión. Así mismo se prevé una exigua probabilidad de éxito en la reeducación y reinserción.
✓ Infectadas por VIH.
✓ Dismorfia corporal: la vida sedentaria, el tipo de medicación,la sobrealimentación...les lleva al sobrepeso y por ende, al desprecio físico propio.
✓ Diversidad funcional (física o cognitiva). Según el observatorio estatal de la discapacidad (OED) en su último estudio señala deficiencias en el cuidado de estas personas. Aunque se han conseguido avances a la hora de detectar la diversidad funcional de la interna, la administración sigue errando en programas de intervención eficaces.
Más de un 46% de las mujeres han sido diagnosticadas en algún momento con alguna enfermedad mental.
Para dar respuesta a la problemática, en los centros penitenciarios se desarrolla el PAIEM, (Programa de Atención Integral a Enfermos Mentales).
Requiere de Equipos Multidisciplinares: compuestos por médico, psicólogo, educador, enfermeros, maestros, monitores ocupacionales, monitores deportivos, funcionarios de vigilancia interior, pedagogos, sociólogos, juristas etc.
*Fundamental la colaboración de las Ongs.
- OBJETIVOS:
Las intervenciones con la población interna con TMG en los centros penitenciarios se concretan en:
– Detectar, diagnosticar y tratar a todos los internos que sufran algún tipo de trastorno mental.
– Mejorar la calidad de vida de los internos con enfermedad mental,aumentando la autonomía personal y la adaptación al interno.
– Optimizar la reincorporación social y la derivación adecuada a un recurso socio-sanitario comunitario, para la continuidad del tratamiento, cuidados y apoyo, una vez el interno e interna con TMG abandona el centro penitenciario.
🔸El primer requisito para desarrollar una intervención eficaz en materia de salud mental con la población interna es la detección de los casos, su diagnóstico clínico y la instauración de un tratamiento farmacológico que conduzca a la estabilización de los enfermos.
En todos los centros penitenciarios se desarrollan actividades propias de la Atención Clínica:
➡️ Equipos Sanitarios de Atención Primaria + especialista en Psiquiatría (del Servicios Autonómicos de Salud Mental correspondientes).
🔸Segundo objetivo del PAIEM se corresponde con la rehabilitación psicosocial.
🔸Tercero: actividades de rehabilitación
Una vez efectuada la evaluación de habilidades y discapacidades, el Equipo Multidisciplinar elabora el Plan Individualizado de Rehabilitación (PIR), en el que se determinan los objetivos terapéuticos y las actividades de rehabilitación a realizar para conseguirlos.
Estas actividades van dirigidas a remediar discapacidades, compensar minusvalías y conseguir la mayor autonomía posible de los internos con TMG,
➡️Actividades de mejora del funcionamiento psicosocial y autonomía. Tratan de compensar las áreas de funcionamiento psicosocial afectadas.
1. Psicoeducación.
2. Rehabilitación de déficits cognitivos.
3. Prevención de recaídas en el consumo de drogas.
4. Habilidades sociales.
5. Actividades de la vida diaria.
6. Psicomotricidad
➡️Actividades de utilización del ocio, cultura y tiempo libre: ajedrez, yoga, musicoterapia, terapia con animales....
🔸Internos de apoyo: dentro del PAIEM constituyen un elemento destacado los “Internos de Apoyo” (IA), quienes reciben una formación específica por medio de un curso de 300 horas de duración, organizado por la propia administración.
Este puesto de trabajo, por el que perciben una retribución económica.
Actualmente en España solo quedan dos hospitales siquiátricos ocupados en su mayoría por hombres, con lo cual un alto porcentaje de las personas con diversidad funcional y multifactorial, están en centros comunes.
En su artículo 5.2 de la Ley 15/22: Derechos a la información y al asesoramiento de las personas víctimas de discriminación:
Se recoge expresamente el derecho a recibir información clara y comprensible, asesoramiento relativo a su situación personal por parte del personal de la administración.
Aquí adjunto un folleto informativo de lectura fácil como muestra del papel inclusivo que ejerce la administración penitenciaria.
En referencia al artículo 33. Promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación,en connivencia con la perspectiva de género que exige la Ley en las políticas de no discriminación futuras, prestando especial atención a su impacto en la mujer: la administración penitenciaria diseñó y distribuyó este folleto informativo contra el acoso sexual en instituciones penitenciarias.
Ejecución de buena práctica administrativa conocida:
El caso que expongo a continuación es un ejemplo de remiendo promovido por la propia institución y la normativa penitenciaria refrendado ulteriormente por la Ley 15/22.
Fundamentos:
*Medidas de acción positiva: Según la Ley 15/2022 en su artículo 6.7 sé define como aquellas diferencias de trato orientadas a prevenir, eliminar y/o compensar cualquier discriminación colectiva o social.
Aplicación: mientras subsistan las razones de desigual.
Condiciones: razonables y proporcionales.
*Artículo 9: protección del derecho a la igualdad y no discriminación en el empleo por cuenta ajena.
El centro penitenciario al que estoy adscrita, Puerto 3, en aras de dicha igualdad efectiva y en base a lo mencionado, inició hace un par de años una reestructuración arquitectónica y laboral en pro de la no discriminación al acceso de trabajo.
El caso en sí...
La revolución fue la siguiente, se procedió a un cambio íntegro de la población residente en dos módulos residenciales, uno de los módulos afectados por el cambio iba a pasar a recluir internos de ambos sexos (confrontando con la segregación por sexos automática recogida en la Ley Penitenciaria). La única condición, no albergar allí a parejas y estar trabajando.
Se llevó a cabo igualmente un saneamiento previo de "chapa y pintura" de ambos módulos.
En cuanto al acceso laboral, hasta ese momento las mujeres solo podían acceder a trabajos que eternizan los clichés femeninos (lavandería, limpieza y costura). El resto de trabajos productivos ( por los que se obtiene compensación económica) estaban reservados para los hombres. La importancia del cambio no radicaba en la ubicación espacial, sino en que las mujeres desde ese momento empezaron a poder prestar sus servicios en la cocina del centro. Las que accedieron a ese trabajo hasta ahora vetado para ellas, trabajan a día de hoy a pleno rendimiento y en las mismas circunstancias que los hombres.
🟠Puntos fuertes, debilidades y obstáculos:
Está a iniciativa, a priori, fue muy criticada por el funcionariado y personal laboral trabajador del centro. Veían en esta medida posibles focos de problemas motivados por la convivencia entre ambos sexos tanto en el módulo residencial como en el lugar de trabajo.
De momento la innovación da resultados fructíferos y no se han dado casos fuera de lo común en cuanto a altercados.
A pesar de este gran paso sigue habiendo trabajos "vetados" para ellas, todo lo referido a mantenimiento, gestión de economatos...
En los centros se realizan con frecuencia cursos de fontanería, tapicería, pintura....sería conveniente que ellas empezaran a asistir para obtener la formación necesaria. Para ello convendría una motivación con perspectiva de género por parte del personal.
Reflexión final personal:
En el proceso de investigación y búsqueda de información me he topado con programas, informes e iniciativas que desconocía.
Me quedo con el sinsabor de encontrar una disparidad entre lo teórico y lo práctico. Todos los programas ( solo he expuesto algunos) requieren de medios económicos, profesionales, arquitectónicos adecuados para la efectiva ejecución.
He comprobado la necesidad de los organismos externos.
La formación de los profesionales en todos los escalafones.
Las circunstancias personales de las reclusas, muchas de ellas politoxicómanas, atrapadas en un maremágnum multi factorial de circunstancias (intereseccionalidad) hacen aún más complicada la salida a una "vida normalizada".
A la postre no me gustaría dejar de mencionar otro proyecto de iniciativa administrativa:
🔵Programa DIVERSIDAD para la igualdad de trato y no discriminación.
Dirigido: a las personas condenadas por delitos de odio y discriminación.
Está diseñado para su aplicación tanto en formato individual/ grupal (máximo 12 participantes por grupo).
El Programa consta de tres fases:
1️⃣la primera fase, de evaluación pre-tratamiento y motivación al cambio.
2️⃣La segunda desarrollo del programa psicoeducativo y terapéutico.
3️⃣ La tercera, de seguimiento y evaluación post-tratamiento para observar los cambios.
A través de los diferentes módulos psicoterapéuticos de los que consta el programa se trata de fomentar la construcción de una ciudadanía integradora mediante el reconocimiento, el respeto y reivindicación de los Derechos Humanos así como erradicar las conductas delictivas y el nivel de reincidencia en estos delitos.
El Programa, tiene una duración de dieciocho meses.
Comienza a implantarse en el 2019.
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